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martes, 27 de septiembre de 2011

Orden Militar No. 29 - Frente Norte Las Villas

Orden Militar No. 29



Dado en Las Villas, Zona Norte, octubre 30 de 1958.
La Orden Militar No. 29 se refería concretamente a la paralización del tránsito y la detención de los aspirantes en la farsa electoral que la tiranía organizaba para el tres de noviembre. El contenido de dicha orden era el siguiente:

ORDEN MILITAR NO. 29


A toda la población civil:

Por razones tácticas y siguiendo los planes estratégicos, queda prohibido el tránsito por carretera y ferrocarril en esta provincia de Las Villas.

Todo vehículo que a partir del día treinta del presente mes, transite por carretera o vía férrea, podrá ser tiroteado sin previo aviso por las fuerzas rebeldes que operan en esta zona. Al iniciarse esta ofensiva contra la tiranía en la zona norte de Las Villas, se procederá a la detención y conducción a los campamentos rebeldes de todo aspirante a los cargos electivos de la farsa electoral del tres de noviembre; quienes serán procesados revolucionariamente como traidores a la patria, basado en la Ley No. 2 dada en la Sierra Maestra por la Comandancia General el día 10 de Octubre

. Hacemos al mismo tiempo un llamamiento al pueblo de Cuba para que junto a nosotros, redoble los esfuerzos de lucha contra la tiranía, no debiendo principalmente acudir a la farsa del día tres.

La tiranía se tambalea en su sitial de luto y sangre.

El esfuerzo unido de nuestras armas, la lucha clandestina, la resistencia organizada en los pueblos y ciudades, será factor determinante del ya cercano triunfo de la revolución. Por las Fuerzas Revolucionarias en la zona norte de Las Villas,

Comandante CAMILO CIENFUEGOS, Columna Invasora

. Dado en Las Villas, Zona Norte, octubre de 1958.



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Tomado de “Camilo señor de la Vanguardia” William Galvez.-Editorial Ciencias Sociales, La habana, 1979
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GRUPO DE HISTORIA DE LA LUCHA REVOLUCIONARIA EN SANTA CLARA (ACRC)



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Dado en Las Villas, Zona Norte, octubre 30 de 1958.
La Orden Militar No. 29 se refería concretamente a la paralización del tránsito y la detención de los aspirantes en la farsa electoral que la tiranía organizaba para el tres de noviembre. El contenido de dicha orden era el siguiente:

ORDEN MILITAR NO. 29


A toda la población civil:

Por razones tácticas y siguiendo los planes estratégicos, queda prohibido el tránsito por carretera y ferrocarril en esta provincia de Las Villas.

Todo vehículo que a partir del día treinta del presente mes, transite por carretera o vía férrea, podrá ser tiroteado sin previo aviso por las fuerzas rebeldes que operan en esta zona. Al iniciarse esta ofensiva contra la tiranía en la zona norte de Las Villas, se procederá a la detención y conducción a los campamentos rebeldes de todo aspirante a los cargos electivos de la farsa electoral del tres de noviembre; quienes serán procesados revolucionariamente como traidores a la patria, basado en la Ley No. 2 dada en la Sierra Maestra por la Comandancia General el día 10 de Octubre

. Hacemos al mismo tiempo un llamamiento al pueblo de Cuba para que junto a nosotros, redoble los esfuerzos de lucha contra la tiranía, no debiendo principalmente acudir a la farsa del día tres.

La tiranía se tambalea en su sitial de luto y sangre.

El esfuerzo unido de nuestras armas, la lucha clandestina, la resistencia organizada en los pueblos y ciudades, será factor determinante del ya cercano triunfo de la revolución. Por las Fuerzas Revolucionarias en la zona norte de Las Villas,

Comandante CAMILO CIENFUEGOS, Columna Invasora

. Dado en Las Villas, Zona Norte, octubre de 1958.



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Tomado de “Camilo señor de la Vanguardia” William Galvez.-Editorial Ciencias Sociales, La habana, 1979
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GRUPO DE HISTORIA DE LA LUCHA REVOLUCIONARIA EN SANTA CLARA (ACRC)



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